Desde hace varios años almuerzo a menudo en el mismo restaurante. Aquel día me senté a la mesa de siempre, y pedí al mesero el plato de pollo con patacones y ensalada y una cocacola light. Al rato apareció el gerente de turno para avisarme que no podían servirme lo solicitado, porque mi Certificado del Uso del Pollo estaba vencido. Ni modo, había que renovarlo. Presenté ante el Departamento de Certificaciones Avícolas de la Municipalidad de San Eustaquio la solicitud de Certificado de Uso del Pollo, y me comunicaron que tendría la respuesta en 10 días hábiles, de acuerdo con la ley.
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Seis semanas después, tras múltiples viajes al Departamento de Certificaciones y decenas de excusas diferentes, recibí un documento que decía que “el uso del pollo no será permitido hasta tanto el interesado no presente la información referida en el oficio SA-169-666-09 de la Dirección de de Salud Animal en lo que concierne a los criterios de frecuencia de uso del pollo del Instituto Nacional de Transferencia de Tecnología Apícola (INTA) y de la Secretaría Nacional de Animales Raros Alados (SENARA). Siendo que soy economista y de esas cosas no entiendo mucho, solicité una cita con el Director de Salud Animal, quien me dijo que había consultado en Google Images y que como el pollo es pequeño y de color amarillo, para él eso era una abeja. Por mi cuenta, expliqué al Ingeniero que aunque solo hay una letra de diferencia, apícola es lo relativo a las abejas, mientras que avícola es lo relativo a las aves, y que siendo que el pollo es lo que sale del huevo cuando el gallo se coge a la gallina, no entendía la relevancia de buscar el criterio de frecuencia de uso del pollo de una entidad que, como el INTA, se especializa en abejas, que aparte de las alas pequeñas y el color amarillo del cuerpo, nada tienen que ver con los pollos que tanto me gusta comer. No hubo manera de convencerlo, así que me di a la tarea de obtener los criterios solicitados.
Unos días después me tuve que someter a una cirugía de emergencia para reparar el tímpano reventado de mi oído izquierdo, que es el que estaba más cerca de la funcionaria del INTA que soltó la carcajada que se oyó hasta en la conferencia de Davos cuando le expliqué lo que necesitaba. “Nosotros no podemos hacer eso”, me contestó, mientras el chavalo de Emergencias Médicas le ponía una mascarilla de oxígeno luego de que se pusiera morada de la risa. “Pero, mire, señorita, que eso es lo que me está pidiendo el Departamento de Certificaciones de la Municipalidad de San Eustaquio; aquí le traigo los papeles”, le contesté. La recepcionista llamó entonces al técnico, quien luego de escucharme y leer los papeles que le llevaba, se me quedó viendo con la cara más seria que pudo poner, y me dijo: “No entiendo qué es lo que quieren de nosotros. Permítame llamar al jefe”.
El jefe, un Ingeniero Apícola mucho más amable que sus objetos de estudio, revisó detenidamente toda la documentación aportada, incluyendo un Informe de Anatomía del Pollo y el Mapa Genético del Pollo, que puso en evidencia que se trataba de una criatura definitivamente distinta de la abeja. “Don Dean”, me dijo, “nosotros podemos darle un criterio de frecuencia de uso de la miel de abeja, un criterio de frecuencia de uso del jabón de miel, incluso un criterio de frecuencia de ordeño de las abejas obreras, pero no tenemos ni los conocimientos ni la potestad para emitir criterio sobre el pollo, que es jurisdicción del Departamento de Análisis de las Costumbres Animales y Comportamiento de las Aves”. “De acuerdo, señor Ingeniero”, le contesté, “pero la Municipalidad me está pidiendo el criterio del INTA, no del DACACA”. El amable jefe del INTA accedió a hacer una nota que literalmente decía “el pollo, cuyo mapa genético se adjunta, no requiere de la emisión de criterio técnico del INTA, ya que se encuentra dentro de la Lista Taxativa de Aves de Corral cuya ingesta es permitida en el cantón de San Eustaquio, de acuerdo con el Plan Cantonal de Nutrición publicado en La Gaceta N° 473 del jueves 18 de agosto de 1996, por lo cual esta Dependencia no tiene competencia sobre la frecuencia de uso de tales aves afectas a la planificación realizada por la Municipalidad.”
Para hacer el cuento corto, en el SENARA la historia fue similar, aunque no encontré a un jefe amable que quisiera hacer una nota sobre lo evidente. Después de casi dos meses de batallar contra la burocracia del SENARA, un pajarito me contó que la Junta Directiva había emitido años antes un acuerdo aclarando que sus criterios de frecuencia de uso de los animales raros alados no son aplicables a las aves comunes de corral. Solicité una certificación de dicho acuerdo, el número 6143 de la Junta Directiva, y con este documento y el del INTA, me devolví al Departamento de Certificaciones Avícolas de la Municipalidad de San Eustaquio. Sin siquiera sonrojarse, el jefe del Departamento de Salud Animal me manifestó que la certificación del acuerdo de Junta Directiva del SENARA no era suficiente, por cuanto no hacía mención específica de los pollos en San Eustaquio.
Nuevamente volví al SENARA, y después de otras seis semanas más de batallar, logré obtener un oficio que dice literalmente: “a la fecha la única matriz de criterios de frecuencia del uso de aves aprobada por el SENARA, lo ha sido la matriz de criterios de caza del quetzal imperial según la altitud del cerro Bellavista, aplicable en forma vinculante a los cantones que conforman el Macizo de la Muerte, considerando las características específicas de dicha ave y de su hábitat. Aclaro finalmente, que la matriz referida en la oración anterior no es aplicable en forma vinculante al cantón de San Eustaquio, ni al pollo, ni a ningún otro tipo de ave, según acuerdo 6143 tomado por la Junta Directiva del SENARA.”
Presenté este nuevo documento en el Departamento de Certificaciones, y tres semanas después, en abierta violación de la Ley 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, el Certificado de Uso del Pollo me fue denegado por cuanto “según la normativa vigente del Plan Cantonal de Nutrición, no se permite la ingesta de pollo cuando va acompañado de patacones y otras frituras, y el interesado no indica si esas son sus intenciones, por lo cual deberá completar la información”. El artículo 6 de la ley referida dice muy claramente que “dentro del plazo reglamentario dado, la entidad, órgano o funcionario deberá resolver el trámite, verificar la información presentada por el administrado y podrá prevenirle, por una única vez y por escrito, que complete los requisitos omitidos en la solicitud o que aclare la información.” Como resulta evidente, en mi caso esta fue la segunda ocasión en que me rechazaron la solicitud, cada vez con una excusa diferente. Además, una lectura cuidadosa del Plan de Nutrición permite determinar que no existe la prohibición de comer pollo con patacones; simplemente no se mencionan los acompañantes del alimento principal. Y de todos es sabido que para los sujetos de derecho privado lo que no está prohibido en la ley, está permitido.
Nuevamente presenté mis alegatos, y finalmente, seis meses y 20 días después de iniciado el trámite, obtuve el certificado conforme de uso del pollo, con la aclaración de que dicho documento no es equivalente a un visto bueno para comer pollo, que debía de solicitar por aparte. Presenté entonces la solicitud de visto bueno para comer pollo en el cantón de San Eustaquio, junto con un plan detallado de ingesta de pollo para la duración del permiso, declaración de impuestos municipales al día, colilla de la CCSS, y demás requisitos solicitados. Llevo ya tres meses en un ir y venir, sin que me den el visto bueno. Primero cuestionaron el tamaño del pollo; querían pedir criterio del Patronato de Aves Nutritivas Identificadas (PANI). Luego cuestionaron la cantidad total de pollo que deseo consumir; me solicitaron exámenes del colesterol. Así me han llevado, y llevo nueve meses sin poder comer pollo en San Estaquio.
¿Por qué el pollo cruzó la calle? Porque en la municipalidad de enfrente tienen requisitos claros y posibles de cumplir para el interesado. El restaurante de pollos en San Josafat ha venido creciendo de manera sostenida, creando empleos y riqueza en el cantón. Mientras tanto, San Eustaquio se hunde en la mierda que emana de las alcantarillas de las casas de todos los protectores de los derechos del pollo que los crían clandestinamente y en condiciones deplorables.
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Seis semanas después, tras múltiples viajes al Departamento de Certificaciones y decenas de excusas diferentes, recibí un documento que decía que “el uso del pollo no será permitido hasta tanto el interesado no presente la información referida en el oficio SA-169-666-09 de la Dirección de de Salud Animal en lo que concierne a los criterios de frecuencia de uso del pollo del Instituto Nacional de Transferencia de Tecnología Apícola (INTA) y de la Secretaría Nacional de Animales Raros Alados (SENARA). Siendo que soy economista y de esas cosas no entiendo mucho, solicité una cita con el Director de Salud Animal, quien me dijo que había consultado en Google Images y que como el pollo es pequeño y de color amarillo, para él eso era una abeja. Por mi cuenta, expliqué al Ingeniero que aunque solo hay una letra de diferencia, apícola es lo relativo a las abejas, mientras que avícola es lo relativo a las aves, y que siendo que el pollo es lo que sale del huevo cuando el gallo se coge a la gallina, no entendía la relevancia de buscar el criterio de frecuencia de uso del pollo de una entidad que, como el INTA, se especializa en abejas, que aparte de las alas pequeñas y el color amarillo del cuerpo, nada tienen que ver con los pollos que tanto me gusta comer. No hubo manera de convencerlo, así que me di a la tarea de obtener los criterios solicitados.
Unos días después me tuve que someter a una cirugía de emergencia para reparar el tímpano reventado de mi oído izquierdo, que es el que estaba más cerca de la funcionaria del INTA que soltó la carcajada que se oyó hasta en la conferencia de Davos cuando le expliqué lo que necesitaba. “Nosotros no podemos hacer eso”, me contestó, mientras el chavalo de Emergencias Médicas le ponía una mascarilla de oxígeno luego de que se pusiera morada de la risa. “Pero, mire, señorita, que eso es lo que me está pidiendo el Departamento de Certificaciones de la Municipalidad de San Eustaquio; aquí le traigo los papeles”, le contesté. La recepcionista llamó entonces al técnico, quien luego de escucharme y leer los papeles que le llevaba, se me quedó viendo con la cara más seria que pudo poner, y me dijo: “No entiendo qué es lo que quieren de nosotros. Permítame llamar al jefe”.
El jefe, un Ingeniero Apícola mucho más amable que sus objetos de estudio, revisó detenidamente toda la documentación aportada, incluyendo un Informe de Anatomía del Pollo y el Mapa Genético del Pollo, que puso en evidencia que se trataba de una criatura definitivamente distinta de la abeja. “Don Dean”, me dijo, “nosotros podemos darle un criterio de frecuencia de uso de la miel de abeja, un criterio de frecuencia de uso del jabón de miel, incluso un criterio de frecuencia de ordeño de las abejas obreras, pero no tenemos ni los conocimientos ni la potestad para emitir criterio sobre el pollo, que es jurisdicción del Departamento de Análisis de las Costumbres Animales y Comportamiento de las Aves”. “De acuerdo, señor Ingeniero”, le contesté, “pero la Municipalidad me está pidiendo el criterio del INTA, no del DACACA”. El amable jefe del INTA accedió a hacer una nota que literalmente decía “el pollo, cuyo mapa genético se adjunta, no requiere de la emisión de criterio técnico del INTA, ya que se encuentra dentro de la Lista Taxativa de Aves de Corral cuya ingesta es permitida en el cantón de San Eustaquio, de acuerdo con el Plan Cantonal de Nutrición publicado en La Gaceta N° 473 del jueves 18 de agosto de 1996, por lo cual esta Dependencia no tiene competencia sobre la frecuencia de uso de tales aves afectas a la planificación realizada por la Municipalidad.”
Para hacer el cuento corto, en el SENARA la historia fue similar, aunque no encontré a un jefe amable que quisiera hacer una nota sobre lo evidente. Después de casi dos meses de batallar contra la burocracia del SENARA, un pajarito me contó que la Junta Directiva había emitido años antes un acuerdo aclarando que sus criterios de frecuencia de uso de los animales raros alados no son aplicables a las aves comunes de corral. Solicité una certificación de dicho acuerdo, el número 6143 de la Junta Directiva, y con este documento y el del INTA, me devolví al Departamento de Certificaciones Avícolas de la Municipalidad de San Eustaquio. Sin siquiera sonrojarse, el jefe del Departamento de Salud Animal me manifestó que la certificación del acuerdo de Junta Directiva del SENARA no era suficiente, por cuanto no hacía mención específica de los pollos en San Eustaquio.
Nuevamente volví al SENARA, y después de otras seis semanas más de batallar, logré obtener un oficio que dice literalmente: “a la fecha la única matriz de criterios de frecuencia del uso de aves aprobada por el SENARA, lo ha sido la matriz de criterios de caza del quetzal imperial según la altitud del cerro Bellavista, aplicable en forma vinculante a los cantones que conforman el Macizo de la Muerte, considerando las características específicas de dicha ave y de su hábitat. Aclaro finalmente, que la matriz referida en la oración anterior no es aplicable en forma vinculante al cantón de San Eustaquio, ni al pollo, ni a ningún otro tipo de ave, según acuerdo 6143 tomado por la Junta Directiva del SENARA.”
Presenté este nuevo documento en el Departamento de Certificaciones, y tres semanas después, en abierta violación de la Ley 8220 de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, el Certificado de Uso del Pollo me fue denegado por cuanto “según la normativa vigente del Plan Cantonal de Nutrición, no se permite la ingesta de pollo cuando va acompañado de patacones y otras frituras, y el interesado no indica si esas son sus intenciones, por lo cual deberá completar la información”. El artículo 6 de la ley referida dice muy claramente que “dentro del plazo reglamentario dado, la entidad, órgano o funcionario deberá resolver el trámite, verificar la información presentada por el administrado y podrá prevenirle, por una única vez y por escrito, que complete los requisitos omitidos en la solicitud o que aclare la información.” Como resulta evidente, en mi caso esta fue la segunda ocasión en que me rechazaron la solicitud, cada vez con una excusa diferente. Además, una lectura cuidadosa del Plan de Nutrición permite determinar que no existe la prohibición de comer pollo con patacones; simplemente no se mencionan los acompañantes del alimento principal. Y de todos es sabido que para los sujetos de derecho privado lo que no está prohibido en la ley, está permitido.
Nuevamente presenté mis alegatos, y finalmente, seis meses y 20 días después de iniciado el trámite, obtuve el certificado conforme de uso del pollo, con la aclaración de que dicho documento no es equivalente a un visto bueno para comer pollo, que debía de solicitar por aparte. Presenté entonces la solicitud de visto bueno para comer pollo en el cantón de San Eustaquio, junto con un plan detallado de ingesta de pollo para la duración del permiso, declaración de impuestos municipales al día, colilla de la CCSS, y demás requisitos solicitados. Llevo ya tres meses en un ir y venir, sin que me den el visto bueno. Primero cuestionaron el tamaño del pollo; querían pedir criterio del Patronato de Aves Nutritivas Identificadas (PANI). Luego cuestionaron la cantidad total de pollo que deseo consumir; me solicitaron exámenes del colesterol. Así me han llevado, y llevo nueve meses sin poder comer pollo en San Estaquio.
¿Por qué el pollo cruzó la calle? Porque en la municipalidad de enfrente tienen requisitos claros y posibles de cumplir para el interesado. El restaurante de pollos en San Josafat ha venido creciendo de manera sostenida, creando empleos y riqueza en el cantón. Mientras tanto, San Eustaquio se hunde en la mierda que emana de las alcantarillas de las casas de todos los protectores de los derechos del pollo que los crían clandestinamente y en condiciones deplorables.