miércoles, 21 de diciembre de 2005

La ICC se termina sin ley

Ante la noticia publicada por La Nación de ayer en el sentido de que los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) se podrían terminar - según lo advirtieron la vocera oficial de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, y Congresistas estadounidenses de los partidos Demócrata y Republicano en una sesión de la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Legislativa de Costa Rica - el Partido Acción Ciudadana ha emitido un Comunicado de Prensa que es el equivalente político de hacer el tiro de la avestruz: meter la jupa en la tierra y negarse a ver la realidad.

El PAC insiste en dos cosas:

1. que el TLC es renegociable, a pesar de que uno de los Congresistas ya mencionados dijo que Estados Unidos
"nunca ha renegociado un acuerdo comercial y es casi imposible que eso suceda".
2. Que para eliminar los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, es necesario que el Congreso de los Estados Unidos apruebe una ley derogatoria.

Lamentablemente, mucha gente respetable ha caído en la trampa demagógica del PAC. Pretendo hacer aquí un análisis para desvirtuar la mentira. Para que vean que soy buena gente, el primer punto se los voy a conceder: es posible renegociar el TLC. Aunque la probabilidad sea incómodamente cercana a cero. Aunque a mí no me engañan. Pero en teoría existe la posibilidad. Nunca cesa de sorprenderme la gente con tanta capacidad para el autoengaño, y hasta me caen bien. Por eso les concedo el punto. Pero no así el punto segundo.

La ley de implementación de la ICC tiene provisiones que permiten al Poder Ejecutivo de los Estados Unidos excluir países, aunque la ICC siga existiendo. Textualmente dice:

"(B) The President may, after the requirements of subsection (a)(2) and paragraph (2) have been met--

(i) withdraw or suspend the designation of any country as a CBTPA beneficiary country"

[TRADUCCIÓN: "(B) El Presidente podrá, después de que los requisitos de la subsección (a)(2) y párrafo (2) hayan sido cumplidos--

(i) retirar o suspender la designación de cualquier país como país beneficiario de la CBTPA].

Recordemos que la ICC beneficia también a los países del Caribe que no son parte del CAFTA, de manera que para ellos los beneficios seguirán existiendo. Pero el U.S.-Caribbean Trade Partnership Act of 2000, que es la ley que dio caracter "permanente" al Caribbean Basin Trade Partnership Act (CBTPA por sus siglas en inglés, que es lo mismo que conocemos en español como Ley de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe) dice que para que un país continue siendo beneficiario, tiene que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, "participate in negotiations toward the completion of the FTAA or another free trade agreement" (participar en las negociaciones tendientes a completar el ALCA u otro tratado de libre comercio).

No es necesario un acto de fe para comprender que si un país participa en dichas negociaciones y luego se retira del acuerdo, está violando el espíritu de dicha "exigencia". En todo caso, la misma ley de implementación da al Presidente la potestad de excluir de la ICC a un país por otros motivos, tales como no cooperar satisfactoriamente en la lucha contra el narcotráfico, o no respetar a satisfacción (de los Estados Unidos, por supuesto), la propiedad intelectual de las empresas y personas estadounidenses. De manera que si se trata de montar el caso para excluir a Costa Rica de la ICC, el Presidente Bush tiene muchas armas en su arsenal. A nadie debería de sorprender que las use.

Así que, en conclusión, aunque es cierto que para derogar la ICC se requiere de una ley, para excluir a Costa Rica todo lo que se requiere es de una decisión presidencial. Señores del PAC: se les ruega más seriedad.

8 comentarios:

  1. Tiene razón JD en cuanto a que referí a la ley incorrecta. Sin embargo el análisis de mi artículo sigue siendo correcto.

    Hay tres leyes: la Caribbean Basin Economic Recovery Act of 1983, la Caribbean Basin Economic Recovery Act of 1990, y el Caribbean Basin Trade Partnership Act of 2000.

    La primera, CBERA 1983, crea la Iniciativa de la Cuenca del Caribe. La segunda, CBERA 1990, modifica la anterior, y su más importante enmienda, desde nuestra perspectiva, es que convirtió la ley en permanente (la primera ley tenía fecha de vencimiento). La tercera, CBTPA 2000, amplía significativamente los beneficios, incluyendo por primera vez los textiles, entre otros.

    La sección 211 de CBERA 1990 deroga la sección 218 de la CBERA 1983, que establecía la fecha de vencimiento. Esto es lo que - correctamente - indicó JD Clarke.

    Sin embargo, no deroga ni modifica la sección 2702 de la CBERA 1983, que establece cuáles son los países beneficiarios y estipula que el Presidente puede excluir a cualquier país de los beneficios de la ley, previa notificación con al menos 60 días de anticipación al Congreso. La notificación debe incluir las consideraciones hechas para tomar dicha decisión.

    Entre otras razones, el Presidente puede excluir a cualquier país que haya nacionalizado o expropiado propiedades de ciudadanos gringos o de empresas donde al menos el 50% del capital pertenezca a ellos; a cualquier país donde las patentes y/o propiedad intelectual de ciudadanos gringos o de empresas donde al menos el 50% del capital pertenezca a ellos no son respetadas a satisfacción de los Estados Unidos; a cualquier país que ofrece mejores condiciones comerciales a otro país desarrollado (o sea, si firmamos acuerdos comerciales con Europa o Japón, amén del que ya tenemos firmado con Canadá), etc.

    De manera que, una vez más, Costa Rica puede ser excluida de los beneficios de la ICC mediante un sencillo acto ejecutivo (del Presidente de los Estados Unidos). Y si ya la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos nos está advirtiendo que así será, por qué le seguimos buscando la cuarta pata al banco?

    ResponderBorrar
  2. JD,

    Con la discusión de si Bush utilizaría el poder que le da la ley para excluir a Costa Rica, entramos en el terreno de lo subjetivo, y allí si que ni yo te voy a convencer ni vos lo vas a lograr conmigo. Pero los siguientes son los hechos:

    1) El Presidente de los Estados Unidos tiene el poder que le da la ley (CBERA 1983) para excluir mediante acto ejecutivo razonado a cualquier país beneficiario de la ICC.

    2) El PAC ha venido insistiendo en la mentira: dicen que es necesaria una ley para que Costa Rica se quede sin los beneficios de la ICC.

    3) Tanto la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, como congresistas demócratas y republicanos, han advertido que los beneficios de la ICC se podrían terminar para nosotros si no le ponemos para entrar en el TLC.

    Hasta donde yo se, Charles Rangel no es exactamente el congresista más influyente de Estados Unidos.

    Por otro lado, basta con que el gringo de Pavones o cualquier otro loco que viva en la zona marítima costera vaya y se queje en Estados Unidos para que Bush tenga una excusa para excluir a Costa Rica de la ICC. O que los gringos de Harkins lo hagan por el "irrespeto" a su contrato, cosa que también es causal de exclusión de la ICC.

    Además, si llegáramos a negociar tratados comerciales con Europa y Japón (que es algo de lo que han hablado Abel Pacheco, Oscar Arias, y si, Otón Solís), le estaríamos dando otra excusa a Bush para excluirnos de la ICC.

    Por último, ya que el TLC contiene importantes provisiones en materia de propiedad intelectual, sería muy fácil para Bush argumentar que al negarse CR a entrar en ese TLC, no puede seguir certificando al país por sus violaciones en esa materia.

    ResponderBorrar
  3. La otra cosa que Don Dean está ignorando es que la notificación al Congreso se debe realizar con 60 días de anticipación pues este tiene poder de veto sobre las desiciones presidenciales. No es tan simple como que Bush se despierta un día con dolor de ano y le remueve a Costa Rica los beneficios de la Cuenca del Caribe.

    Para hablar del sistema legislativo estadounidense hay que tener primero algún conocimiento y entendimiento de la historia de ese sistema: fue creado con la finalidad última de poder controlar las acciones de todas las partes desde todas las partes. Venían huyendo de un régimen monárquico en el cual si existe una entidad cuya palabra es definitiva.

    Hay que recordar algo, que La Nación (y por extensión esta caja de resonancia de la misma) procura empujar debajo de la alfombra en cada oportunidad, que es que la opinión de los excelentísimos congresistas estadounidenses que nos visitan es la opinión de una fracción del Congreso. Que un congresista estadounidense (o un grupo de ellos) diga que el TLC es o no renegociable vale lo mismo que mi sobrino diciendo que el día está lindo: es una apreciación subjetiva de una realidad cuantificable.

    Si es cierto que quienes votaron a favor del TLC allá no quieren ni pensar en un nuevo tratado (o una renegociación de este) y los que votaron en contra tampoco discrepan mucho. Elevar esa conyutura a la calidad de hecho consumado es irresponsable.

    Por lo demás es grato ver que, al menos por una vez, Don Dean sacó de su precioso tiempo para investigar en fuentes originales. Tal vez la próxima vez la investigación si sea completa. La práctica hace al maestro, ¡adelante!

    ResponderBorrar
  4. Lamento decirle, don Javier, que en ninguna parte de la ley (CBERA 1983, que es la relevante en este caso), se dice que el Presidente deba notificar al Congreso para que éste decida al respecto. La ley otorga al Presidente la autoridad para designar y remover países a su discreción, con la exigencia de que notifique al Congreso. Pero la notificación es para efectos de informar al Congreso de lo que sucede, no para que éste tome la decisión. En todo caso, más bien me atrevo a decir que lo contrario del argumento del PAC es lo correcto: si el Presidente decide sacar a Costa Rica (o, para el caso, a cualquier país) de la ICC, para evitarlo es necesaria una nueva ley. Una nueva ley en la que el Congreso ya sea que remueva el poder otorgado al Presidente para designar y/o remover países, o que específicamente derogue la decisión presidencial.

    Los "checks and balances" del sistema estadounidense a los que don Javier se refiere, dichosamente no fueron diseñados por diputados ticos. Su objetivo, como lo indica don Javier, es establecer controles cruzados entre los diferentes poderes del Estado. Pero están diseñados de manera tal que el "sistema" pueda funcionar. A diferencia de nuestro país, donde en las leyes se incluyen estupideces como el monto de una multa (¿sabía usted que la multa por destruir una obra pública es de 100 colones?), en Estados Unidos por lo general las leyes regulan los principios básicos del tema en cuestión, y autorizan al Poder Ejecutivo para tomar las decisiones que resulten necesarias para operativizar la ley. Así, la CBERA 1983 define cuales son los países potencialmente beneficiarios y los requisitos para poder aspirar a los beneficios que otorga, pero delega en el Ejecutivo la decisión de incluir o excluir países.

    ResponderBorrar
  5. Javier, como es la primera vez que aparece ud por aquí, me llama la atención que diga que la suiza es una caja de resonancia de la nación. SUpongo que cualquier cristiano que comparta algún criterio que se publique en La Nación se convierte de acuerdo con su lógida depurada en una caja de resonancia más, independientemente de si su opinión está fundamentada o no.

    Por otro lado, me extraña la acusación de que Dean nunca cita las fuentes oficiales... porque usted no pone un ejemplo de eso y si leyera todos los artículos de este blog se daría cuenta de exactamente lo contrario.

    Le agradecería como lector del blog frecuente que soy, que tomara algo de su precioso tiempo para considerar que cualquiera con blog pone lo que le da la gana, y si a usted no le gusta, no hace falta que insulte. Búsquese algún otro blog donde sean la caja de resonancia de La Extra o del Diario Universidad... o elimine los insultos, totalmente innecesarios de sus comentarios.

    ResponderBorrar
  6. JD,

    si G.W. Bush usó "evidencia" falsa para invadir Irak, qué te hace creer que no la usaría para excluir a Costa Rica de la ICC? Digo, si EUA tuviera en estos momentos un Presidente más racional, vaya, pero creo que deberíamos de estar de acuerdo en que de Bush podemos esperar cualquier cosa.

    No perdás de vista que esa decisión no tendría que tomarla hoy, cuando políticamente Mr. Bush está enredado y su credibilidad anda por el subsuelo. La decisión la tendría que tomar dentro de unos dos años, una vez agotado el plazo negociado en el TLC para que todos los países se incorporen a él. Y, como vos siempre nos lo recordás, en política dos años pueden marcar la diferencia entre el cielo y la tierra.

    Por otra parte, sigo creyendo que si don George quiere "justificar" (a su estilo) la exclusión de Costa Rica de la ICC, tiene material de sobra. Una de las causales de exclusión es que el país no respete los contratos con ciudadanos o empresas norteamericanas. La cancelación del contrato de exploración petrolera (Harkins), o el de la construcción de la cárcel de Pococí, son ambos buenas excusas para alguien que quiera joder. En los comentarios anteriores he mencionado otras.

    En el tema de propiedad intelectual, te equivocás al decir que si hubieran querido castigarnos ya lo hubieran hecho. No es lo mismo castigar a un país con el que estás negociando un tratado comercial que contiene provisiones en materia de propiedad intelectual que satisfacen tus exigencias, que castigar a uno que habiendo firmado dicho TLC se niega a ratificarlo y por ende no ves posibilidad de que cumpla - al menos en el papel - con tus estándares en ese tema.

    De manera que me parece que estamos ante una situación (hipotética) vulnerable. El Presidente de los Estados Unidos puede excluirnos mediante un acto ejecutivo, y tiene material suficiente para justificarse. Además, G.W. Bush en su último año de gobierno y sin posibilidad de reelección no se andará cuidando tanto como en este momento, cuando como vos decís, tiene 3 años y buena parte de su agenda pendiente.

    ResponderBorrar
  7. Bueno en primera instancia quiero aal igual que lo hace ale censurar todo tipo de insultos, sean hacia dean, jdclarke o hasta en contra mía, queda claro que ese nunca ha sido el espíritu de este blog (a menos a mi em lo parece así) y si alguien se toma el tiempo para escribir un artículo o un comentario razonado y decente que yo discorde con su opinión no me da de ninguna forma pie para insultarlo a el o al resto de lectores del Blog.
    En este caso yo tampoco estoy de acuerdo con Dean, pero no por eso le voy a decir groserías o lo voy a acusar de ene cosas, a mi me parece que claramente hay opiniones divididas, yo no tengo formación en leyes ni nada parecido yo estudié completamente lo contrario a derecho, pero si hay dos puntos que me quedan claros:
    1. Muchos expertos en leyes tienen opiniones encontradas en este tema, algunos dicen que es muy facil que la ICC muera, otros que no, así que como yo lo veo puede pasar cualqyuiera de las 2 cosas, si algo he aprendido en mis años de trabajo es que los criterios e interpretaciones legales son bastante volátiles depende de quien lo interprete.
    2. La salida que a mi me gusta (y espero que nadie me vaya a insultar por ello, o que si me insultan sean insultos bien fundados) no es renegociar el tratado pues no se puede, a mi me parece la salida que Don Luis Alberto Monge propone que es la misma que el Ing. Rolando Araya Monge propone (soné muy liberacionista, pueden apostar la cabeza a que no es así) que es hacer uso del derecho soberano que CR tiene de rechazar el TLC en el congreso, e inmediatamente solicitar la negociación de uno nuevo, si nos sentimos muy solitos Panamá esta negociando uno, podríamos negociar juntos, a mi no me parece descabellado, descabellado es lo que hacemos ahora de dejarlo todo para mañana.

    Gracias y Disculpas si no le parece a alguien

    ResponderBorrar
  8. Solo quería agregar, por propósitos históricos y por quienes ingenuamente creen que la ANEP se preocupa por el bienestar costarricense, que dicho gremio sindical en el 2001 apeló a supuestos incumplimientos en derechos laborales enmarcados en la ICC para tratar de revocar dicha concesión unilateral, a través de sus "amigos" de la AFL-CIO en EEUU. En otras palabras, la ANEP intentó que se nos eliminara la ICC, y con ello las exportaciones y trabajos que dicho mecanismo implica, y por dicha falló.

    Tomado de http://www.nacion.com/ln_ee/2001/enero/23/pais1.html

    "En síntesis, este es el procedimiento que deberá seguir la demanda que impulsan los sindicatos contra el país.

    Los sindicatos costarricenses que suscriben la queja presentan una gestión ante la filial sindical estadounidense AFL-CIO (American Federation of Labor - Congress of Industrial Organizations).


    En la queja indican cuáles son las disposiciones del Sistema General de Preferencias y de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, que a su criterio se están violentando.


    La AFL-CIO remite la demanda ante el representante del Departamento de Comercio de los Estados Unidos, así como los casos específicos y las pruebas en contra del Gobierno costarricense.


    El representante inicia el "debido proceso" en el que notifica al Gobierno tico y le permite defenderse. Finalmente pueden presentarse varias opciones:

    Que la queja se declare sin lugar y sea rechazada.


    Que se declare con lugar y el Departamento de Comercio imponga una amonestación al país para que corrija la anomalía.


    Que establezca sanciones comerciales contra los productos ticos que ingresan con ventajas arancelarias a Estados Unidos.

    FUENTE: Mauricio Castro, ANEP"

    Tomado de http://www.nacion.com/ln_ee/2002/octubre/25/pais2.html

    "Édgar Morales, secretario general adjunto de la ANEP, señaló que el interés de la acusación era presionar al país para “solucionar el problema de las libertades sindicales”.

    “Si se acabó la vía jurídica, queda el camino lamentable de la confrontación”, afirmó el dirigente gremial."

    ResponderBorrar