Ante la noticia publicada por La Nación de ayer en el sentido de que los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) se podrían terminar - según lo advirtieron la vocera oficial de la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos, y Congresistas estadounidenses de los partidos Demócrata y Republicano en una sesión de la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea Legislativa de Costa Rica - el Partido Acción Ciudadana ha emitido un Comunicado de Prensa que es el equivalente político de hacer el tiro de la avestruz: meter la jupa en la tierra y negarse a ver la realidad.
El PAC insiste en dos cosas:
1. que el TLC es renegociable, a pesar de que uno de los Congresistas ya mencionados dijo que Estados Unidos
Lamentablemente, mucha gente respetable ha caído en la trampa demagógica del PAC. Pretendo hacer aquí un análisis para desvirtuar la mentira. Para que vean que soy buena gente, el primer punto se los voy a conceder: es posible renegociar el TLC. Aunque la probabilidad sea incómodamente cercana a cero. Aunque a mí no me engañan. Pero en teoría existe la posibilidad. Nunca cesa de sorprenderme la gente con tanta capacidad para el autoengaño, y hasta me caen bien. Por eso les concedo el punto. Pero no así el punto segundo.
La ley de implementación de la ICC tiene provisiones que permiten al Poder Ejecutivo de los Estados Unidos excluir países, aunque la ICC siga existiendo. Textualmente dice:
"(B) The President may, after the requirements of subsection (a)(2) and paragraph (2) have been met--
(i) withdraw or suspend the designation of any country as a CBTPA beneficiary country"
[TRADUCCIÓN: "(B) El Presidente podrá, después de que los requisitos de la subsección (a)(2) y párrafo (2) hayan sido cumplidos--
(i) retirar o suspender la designación de cualquier país como país beneficiario de la CBTPA].
Recordemos que la ICC beneficia también a los países del Caribe que no son parte del CAFTA, de manera que para ellos los beneficios seguirán existiendo. Pero el U.S.-Caribbean Trade Partnership Act of 2000, que es la ley que dio caracter "permanente" al Caribbean Basin Trade Partnership Act (CBTPA por sus siglas en inglés, que es lo mismo que conocemos en español como Ley de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe) dice que para que un país continue siendo beneficiario, tiene que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, "participate in negotiations toward the completion of the FTAA or another free trade agreement" (participar en las negociaciones tendientes a completar el ALCA u otro tratado de libre comercio).
No es necesario un acto de fe para comprender que si un país participa en dichas negociaciones y luego se retira del acuerdo, está violando el espíritu de dicha "exigencia". En todo caso, la misma ley de implementación da al Presidente la potestad de excluir de la ICC a un país por otros motivos, tales como no cooperar satisfactoriamente en la lucha contra el narcotráfico, o no respetar a satisfacción (de los Estados Unidos, por supuesto), la propiedad intelectual de las empresas y personas estadounidenses. De manera que si se trata de montar el caso para excluir a Costa Rica de la ICC, el Presidente Bush tiene muchas armas en su arsenal. A nadie debería de sorprender que las use.
Así que, en conclusión, aunque es cierto que para derogar la ICC se requiere de una ley, para excluir a Costa Rica todo lo que se requiere es de una decisión presidencial. Señores del PAC: se les ruega más seriedad.
El PAC insiste en dos cosas:
1. que el TLC es renegociable, a pesar de que uno de los Congresistas ya mencionados dijo que Estados Unidos
"nunca ha renegociado un acuerdo comercial y es casi imposible que eso suceda".2. Que para eliminar los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, es necesario que el Congreso de los Estados Unidos apruebe una ley derogatoria.
Lamentablemente, mucha gente respetable ha caído en la trampa demagógica del PAC. Pretendo hacer aquí un análisis para desvirtuar la mentira. Para que vean que soy buena gente, el primer punto se los voy a conceder: es posible renegociar el TLC. Aunque la probabilidad sea incómodamente cercana a cero. Aunque a mí no me engañan. Pero en teoría existe la posibilidad. Nunca cesa de sorprenderme la gente con tanta capacidad para el autoengaño, y hasta me caen bien. Por eso les concedo el punto. Pero no así el punto segundo.
La ley de implementación de la ICC tiene provisiones que permiten al Poder Ejecutivo de los Estados Unidos excluir países, aunque la ICC siga existiendo. Textualmente dice:
"(B) The President may, after the requirements of subsection (a)(2) and paragraph (2) have been met--
(i) withdraw or suspend the designation of any country as a CBTPA beneficiary country"
[TRADUCCIÓN: "(B) El Presidente podrá, después de que los requisitos de la subsección (a)(2) y párrafo (2) hayan sido cumplidos--
(i) retirar o suspender la designación de cualquier país como país beneficiario de la CBTPA].
Recordemos que la ICC beneficia también a los países del Caribe que no son parte del CAFTA, de manera que para ellos los beneficios seguirán existiendo. Pero el U.S.-Caribbean Trade Partnership Act of 2000, que es la ley que dio caracter "permanente" al Caribbean Basin Trade Partnership Act (CBTPA por sus siglas en inglés, que es lo mismo que conocemos en español como Ley de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe) dice que para que un país continue siendo beneficiario, tiene que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, "participate in negotiations toward the completion of the FTAA or another free trade agreement" (participar en las negociaciones tendientes a completar el ALCA u otro tratado de libre comercio).
No es necesario un acto de fe para comprender que si un país participa en dichas negociaciones y luego se retira del acuerdo, está violando el espíritu de dicha "exigencia". En todo caso, la misma ley de implementación da al Presidente la potestad de excluir de la ICC a un país por otros motivos, tales como no cooperar satisfactoriamente en la lucha contra el narcotráfico, o no respetar a satisfacción (de los Estados Unidos, por supuesto), la propiedad intelectual de las empresas y personas estadounidenses. De manera que si se trata de montar el caso para excluir a Costa Rica de la ICC, el Presidente Bush tiene muchas armas en su arsenal. A nadie debería de sorprender que las use.
Así que, en conclusión, aunque es cierto que para derogar la ICC se requiere de una ley, para excluir a Costa Rica todo lo que se requiere es de una decisión presidencial. Señores del PAC: se les ruega más seriedad.