Una Comisión de Transparencia y Rendición de Cuentas conformada por representantes de los sectores público y privado, que se ha estado reuniendo a lo largo de ocho meses bajo la coordinación de un experto internacional en la materia, ha encontrado serias deficiencias en la Contraloría General de la República. Sus conclusiones son lapidarias:
Hace poco más de seis meses, cuando La Suiza Centroamericana estaba en pañales y la mayoría de mis lectores actuales no me habían descubierto, escribí una crítica a la Contraloría, que verdaderamente les recomiendo leer. Entre otras cosas, concluí lo siguiente:
Los artículos periodísticos (La Prensa Libre, La Nación, Diario Extra) cubriendo el informe de esta Comisión de Transparencia son bastante escuetos, por lo que no nos queda más que suponer que han hecho recomendaciones puntuales y específicas para introducir cambios en la Contraloría y en la legislación. Confiamos además que la actual Contralora tendrá la suficiente gallardía para impulsar los cambios que resulten necesarios.
Pero no todo es culpa de la Contraloría. Otro tema al que nos hemos referido en infinidad de ocasiones en La Suiza Centroamericana es a la posibilidad que tienen los participantes en las licitaciones públicas de presentar apelaciones casi sin limitaciones, prácticamente impidiendo la ejecución de los contratos.
Abundan en el país los abogados que viven de embarcar a sus clientes a apelar licitaciones. Y las posibilidades que la ley les otorga son casi infinitas. En primer lugar, las empresas participantes pueden objetar el cartel de licitación, cosa que pueden hacer primero ante la administración que lo produjo, y luego ante la Contraloría General de la República. Si estas apelaciones son rechazadas, el interesado puede acudir a la Sala Cuarta si considera que sus derechos constitucionales han sido violados con la publicación del cartel de licitación. Asumiendo que eventualmente el cartel queda en firme, se procede a la recepción y evaluación de ofertas. En el caso de una institución autónoma, su Junta Directiva hace la adjudicación (en teoría, siguiendo la recomendación de los técnicos de la institución). Las empresas participantes pueden apelar el acto de adjudicación ante la misma Junta Directiva. Si la apelación es rechazada, las empresas pueden acudir entonces a la Contraloría, cuya primera decisión también puede ser apelada directamente ante la oficina del Contralor. Cuando el Contralor General emite su resolución final, se agota lo que los abogados llaman la vía administrativa (es decir, se acaban las instancias de apelación ante la administración pública). Pueden entonces acudir los interesados a los tribunales de justicia, planteando un juicio contencioso-administrativo. La resolución de este tribunal puede ser apelada ante una corte superior. Y si todavía queda alguien insatisfecho, puede acudir a la Sala Constitucional una vez más. Además, cuando las apelaciones son verdaderamente mal intencionadas, se enreda el procedimiento con denuncias penales en contra de los funcionarios públicos responsables de la adjudicación y en contra de las empresas competidoras, con lo cual muchas veces no se puede continuar el trámite de adjudicación hasta tanto no se resuelvan estas acciones paralelas.
De manera que simultáneamente con los cambios que se deberán hacer en la Contraloría, se debería de poner un límite a las instancias de apelación. De no ser así, las mejoras en la CGR caerán en el vacío.
“La Contraloría no es lo suficientemente abierta y transparente; existe una debilidad institucional en lo que respecta a planificación; se percibe que el ente fiscalizador del Estado abusa de su poder al imponer criterios en determinadas resoluciones, al tiempo que se ha convertido en juez y parte, pues no actúa de forma proactiva y más bien propicia la lentitud en los trámites y que el proceso de refrendo se considera complejo y engorroso sobre todo en lo concerniente a los trámites y plazos”.En varias ocasiones nos hemos referido en La Suiza Centroamericana a este tema. Hemos dicho muchas veces que las leyes y procedimientos de la contratación administrativa tienen que ser profundamente reformados, ya que lo que tenemos hoy no permite al Estado llevar a cabo ninguna contratación importante. Ejemplos abundan: la construcción de la carretera San José – Caldera fue adjudicada hace unos cinco años, sin que a la fecha haya podido arrancar; las concesiones para la operación y ampliación de varias terminales de Puerto Caldera también fueron adjudicadas desde el gobierno anterior y aún no ven la luz del día; el proyecto de “internet avanzada” sufrió atrasos durante cuatro años, de manera que cuando el ICE finalmente lo pudo lanzar, de avanzada lo único que le quedaba es el nombre. Cuando se logra concretar la contratación, después de años de intentarlo, resulta imposible ejecutar las obras por las múltiples trabas existentes, muchas de las cuales son puestas en el camino por una Contraloría que no termina de entender cuál es su verdadero y legítimo papel. Como ejemplo de esto último basta decir una palabra: Alterra.
Hace poco más de seis meses, cuando La Suiza Centroamericana estaba en pañales y la mayoría de mis lectores actuales no me habían descubierto, escribí una crítica a la Contraloría, que verdaderamente les recomiendo leer. Entre otras cosas, concluí lo siguiente:
“Mientras la Contraloría General de la República no entienda que su función, al menos en el campo de la infraestructura, es facilitar los procedimientos de contratación asegurando su transparencia y la calidad de los resultados, este país no va a salir del atolladero”.Pero las críticas de la Comisión son mucho más severas. Encontró que en la Contraloría se dan criterios duales, y no están estandarizados los criterios de elaboración de carteles, de evaluación de ofertas y de adjudicación. En otras palabras, lo que es aceptable en un cartel o en una adjudicación, es rechazado en el siguiente, con lo cual la administración pública no sabe a qué atenerse. Y no perdamos de vista la aseveración de que la Contraloría “más bien propicia la lentitud en los trámites”. Un verdadero obstáculo al desarrollo.
Los artículos periodísticos (La Prensa Libre, La Nación, Diario Extra) cubriendo el informe de esta Comisión de Transparencia son bastante escuetos, por lo que no nos queda más que suponer que han hecho recomendaciones puntuales y específicas para introducir cambios en la Contraloría y en la legislación. Confiamos además que la actual Contralora tendrá la suficiente gallardía para impulsar los cambios que resulten necesarios.
Pero no todo es culpa de la Contraloría. Otro tema al que nos hemos referido en infinidad de ocasiones en La Suiza Centroamericana es a la posibilidad que tienen los participantes en las licitaciones públicas de presentar apelaciones casi sin limitaciones, prácticamente impidiendo la ejecución de los contratos.
Abundan en el país los abogados que viven de embarcar a sus clientes a apelar licitaciones. Y las posibilidades que la ley les otorga son casi infinitas. En primer lugar, las empresas participantes pueden objetar el cartel de licitación, cosa que pueden hacer primero ante la administración que lo produjo, y luego ante la Contraloría General de la República. Si estas apelaciones son rechazadas, el interesado puede acudir a la Sala Cuarta si considera que sus derechos constitucionales han sido violados con la publicación del cartel de licitación. Asumiendo que eventualmente el cartel queda en firme, se procede a la recepción y evaluación de ofertas. En el caso de una institución autónoma, su Junta Directiva hace la adjudicación (en teoría, siguiendo la recomendación de los técnicos de la institución). Las empresas participantes pueden apelar el acto de adjudicación ante la misma Junta Directiva. Si la apelación es rechazada, las empresas pueden acudir entonces a la Contraloría, cuya primera decisión también puede ser apelada directamente ante la oficina del Contralor. Cuando el Contralor General emite su resolución final, se agota lo que los abogados llaman la vía administrativa (es decir, se acaban las instancias de apelación ante la administración pública). Pueden entonces acudir los interesados a los tribunales de justicia, planteando un juicio contencioso-administrativo. La resolución de este tribunal puede ser apelada ante una corte superior. Y si todavía queda alguien insatisfecho, puede acudir a la Sala Constitucional una vez más. Además, cuando las apelaciones son verdaderamente mal intencionadas, se enreda el procedimiento con denuncias penales en contra de los funcionarios públicos responsables de la adjudicación y en contra de las empresas competidoras, con lo cual muchas veces no se puede continuar el trámite de adjudicación hasta tanto no se resuelvan estas acciones paralelas.
De manera que simultáneamente con los cambios que se deberán hacer en la Contraloría, se debería de poner un límite a las instancias de apelación. De no ser así, las mejoras en la CGR caerán en el vacío.
Probablemente si se pone limite a las apelaciones se recurra el hecho ante la Sala Cuarta y algun genio de los magistrados se le ocurra que es inconstitucional poner limites a las apelaciones...(recordemos que todos los magistrados tienen por meta ser inmortalizados en los anales del derecho sea de la manera que sea (se sienten magistrados de la Corte de los EU y tan sagaces como aquel que estableció que Larry Flint podia publicar porno sin restricciones o fallos por el estilo)). Las ilimitadas instancias de apelación y la volatibidad de los criterios de evaluación y resolución fueron señalados recientemente por un informe del Gobierno de EU como una de las trabas a los derechos humanos en CR.
ResponderBorrarMi teoria es que la "educación de garaje" es en buena parte responsable de este desastre y se está expandiendo por todas las instituciones y dependencias del Estado sin control.
Contundentes por mil... pero me pregunto si harán diferencia.
ResponderBorrarHay decenas de estudios, disertaciones y demás acerca de lo mal que funciona en todo sentido la administración del Estado Costarricense y, o soy ciega, o no se ha hecho nada al respecto.
Como dicen "del dicho al hecho, hay mucho trecho".
Saludos.
Ah! y me disculpan por el doble post... pero muy muy muy agresivo de parte de bandido echarle la culpa a la "educación de garage"... me encantaría leer explicación... si fuera tan sencillo como eso, imaginense el unico paso que hay que dar para solucionar el problema.
ResponderBorrarComo uno de los abogados que vive de esas embarcadas, yo añoro las disposiciones de la ley original de contratación que sancionaba las maniobras dilatorias de los oferentes, por ejemplo, en las apelaciones. Y les cuento que parece que con el nuevo código procesal administrativo no nos va a ir mejor.
ResponderBorrarYo creo que de nada sirve lo que ves en la U cuando te enfrentás con funcionarios que resuelven como les ronca y hay que aprender el nuevo "código" y "jurisprudencia" de esos funcionarios (aunque atente contra toda la doctrina) para moverse dentro de esos límites y obtener resultados. Y no solo es la contraloría. Así funciona mucho de la corte y casi todo el sector público.
Es claro que la Contraloría no funciona, necesita de una reestructuración seria y compleja para que cumpla con el objetivo que se le encomendó. Sin embargo, es mi opinión que no es culpa de la Contraloría su estado de inoperancia. Es importante hacerse las siguientes preguntas: quién "piensa" las funciones de la Contraloría? quién fiscaliza las operaciones y procedimientos de la Contraloría? a quién le sirve, y a quién no, que la Contraloría funcione como debería ser... Estas preguntas son la clave para llegar a comprender el porqué de la inoperacia de este ente tan importante.
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