Nos informa La Nación de hoy que JAPDEVA está renegociando con sus sindicatos los términos de su convención colectiva. Para los que no entienden de esto – sin que eso quiera decir que quien escribe estas líneas sea un experto en el tema – en este contexto una convención colectiva es un acuerdo entre administradores y empleados de una institución pública para otorgar beneficios salariales y extra-salariales a los funcionarios. Tomando en consideración que los salarios en el sector público tienden a ser malos, y que en algunos casos cuesta a las entidades gubernamentales atraer buenos trabajadores (ya que los salarios de puestos equivalentes en el sector privado son por lo general mayores), partimos de la premisa de que una convención colectiva es un buen instrumento, no sólo para que la institución pueda allegarse buenos funcionarios, sino para que éstos también puedan obtener algunos servicios que de otra manera no les resultarían alcanzables en virtud de lo que ya dijimos, los malos salarios del sector público.
En la práctica, gracias a la fatídica combinación de una dirigencia sindical descarada y vagabunda con una clase política alcahueta y administradores incapaces, las convenciones colectivas en nuestro país se han convertido en colecciones de prebendas y beneficios odiosos y discriminatorios diseñadas para promover la ineficiencia, la ineptitud, el desperdicio y la vagabundería colectiva. La de JAPDEVA es, simple y sencillamente, de antología.
Entre lo más llamativo de la convención colectiva de JAPDEVA, según lo reportado por La Nación, están los siguientes horrores:
1. Un sobresueldo del 30% para los operadores de grúa que laboren a una altura mínima de 8 metros sobre el nivel del suelo. Si bien en La Suiza Centroamericana consideramos correcto pagar mejor a quien ocupa puestos expuestos a riesgos mayores de lo normal, en el caso de la convención colectiva de JAPDEVA el criterio no es el riesgo sino la altura. Sin importar si en los anales de la historia ningún operador de grúa ha sufrido un accidente laboral. Y eso es, simplemente, una excusa para robarse legalmente los dineros que contribuimos los costarricenses al fisco.
2. El pago de un tercer aumento salarial al año. Además de los dos aumentos anuales por inflación, los trabajadores de JAPDEVA reciben un tercer aumento por “el incremento en el costo de la canasta básica en la región caribeña”. Lo correcto sería que los aumentos semianuales se hicieran con base en la inflación específica de la región y no con base en el indicador nacional de inflación, sin necesidad de un tercer ajuste. En la práctica, el tercer aumento es en realidad una doble contabilización de la inflación. A los trabajadores de JAPDEVA se les paga el aumento “nacional” Y el aumento “regional”. Ambos. Me pregunto si, además, ese tercer aumento salarial lo reciben TODOS los funcionarios de JAPDEVA, aún aquellos radicados en San José y otras partes del país.
3. “Artículo 77: JAPDEVA establecerá un sistema de pagos salariales que ampare a todos aquellos trabajadores que por su edad, condición física y/o salud no pueden laborar y que por falta de cuotas, no han adquirido el derecho a ser pensionados por la Caja Costarricense de Seguro Social; se les eximirá de la obligación de trabajar hasta que completen el número de cuotas mínimas y entren en el disfrute pleno de su pensión.” O sea, que cualquier persona que se consiga una incapacidad “permanente” de cualquier corrupto doctorcito amigo, podrá disfrutar de un retiro virtual, sin tener que trabajar pero recibiendo el salario completo, hasta que haya completado el número de cuotas necesarias para optar por una pensión “de verdad”. Esto es un desfalco legalizado. Por dicha la Sala IV ordenó suspender la aplicación de este artículo “hasta nuevo aviso”.
4. Se permite el uso de vehículos de la institución para las actividades de los dirigentes sindicales. Y cuando el carro se jode, supongo que el arreglo lo pago yo de mis impuestos, y no el sindicato.
5. Los dirigentes sindicales reciben el pago de horas extras trabajadas por las cuadrillas a las que pertenecen o que representan, aún cuando el dirigente sindical no haya trabajado esas horas extra.
La convención colectiva de JAPDEVA cuesta 4,612 millones de colones anuales y beneficia a 1,100 empleados. En otras palabras, en promedio, cada empleado recibe beneficios provenientes de la convención colectiva por un monto de ¢ 3,784,000 (tres millones setecientos ochenta y cuatro mil colones) por año, ó ¢ 315,300 (trescientos quince mil trescientos colones) al mes. Diga usted que ese es el sobresueldo promedio.
Ese monto representa el 21.2% de los ingresos de JAPDEVA. Pero, como ya sabemos, el Ministerio de Hacienda tiende a fijar a las instituciones topes de gasto inferiores a sus ingresos, lo que quiere decir que la convención colectiva representa más que ese 21.2% con respecto a los gastos reales o al presupuesto de la institución. Como no tenemos la cifra exacta de esto último, baste con decir que, en el mejor de los casos, de cada 5 colones recaudados por JAPDEVA, un colón con seis céntimos (¢1.06) se destinan a pagar la convención colectiva.
Para poner las cosas en perspectiva, para el año 2005 JAPDEVA tiene proyectado gastar ¢1,825 millones en maquinaria, repuestos y obras en los muelles de Limón y Moín. Es decir, la inversión en infraestructura portuaria será de apenas el 39.6% del monto que se destinará a la convención colectiva. O, como lo explica La Nación, el costo de la convención colectiva es 153% superior que lo que se planea invertir en infraestructura.
Con razón tenemos los puertos más caros, lentos e ineficientes de Centroamérica. Sí, estimado lector, esto no es un error. No estamos comparando con los puertos de Los Angeles, Nueva York/Nueva Jersey o Singapur. Tenemos los puertos más caros, lentos e ineficientes de Centroamérica. Y ya sabemos por qué.
En la práctica, gracias a la fatídica combinación de una dirigencia sindical descarada y vagabunda con una clase política alcahueta y administradores incapaces, las convenciones colectivas en nuestro país se han convertido en colecciones de prebendas y beneficios odiosos y discriminatorios diseñadas para promover la ineficiencia, la ineptitud, el desperdicio y la vagabundería colectiva. La de JAPDEVA es, simple y sencillamente, de antología.
Entre lo más llamativo de la convención colectiva de JAPDEVA, según lo reportado por La Nación, están los siguientes horrores:
1. Un sobresueldo del 30% para los operadores de grúa que laboren a una altura mínima de 8 metros sobre el nivel del suelo. Si bien en La Suiza Centroamericana consideramos correcto pagar mejor a quien ocupa puestos expuestos a riesgos mayores de lo normal, en el caso de la convención colectiva de JAPDEVA el criterio no es el riesgo sino la altura. Sin importar si en los anales de la historia ningún operador de grúa ha sufrido un accidente laboral. Y eso es, simplemente, una excusa para robarse legalmente los dineros que contribuimos los costarricenses al fisco.
2. El pago de un tercer aumento salarial al año. Además de los dos aumentos anuales por inflación, los trabajadores de JAPDEVA reciben un tercer aumento por “el incremento en el costo de la canasta básica en la región caribeña”. Lo correcto sería que los aumentos semianuales se hicieran con base en la inflación específica de la región y no con base en el indicador nacional de inflación, sin necesidad de un tercer ajuste. En la práctica, el tercer aumento es en realidad una doble contabilización de la inflación. A los trabajadores de JAPDEVA se les paga el aumento “nacional” Y el aumento “regional”. Ambos. Me pregunto si, además, ese tercer aumento salarial lo reciben TODOS los funcionarios de JAPDEVA, aún aquellos radicados en San José y otras partes del país.
3. “Artículo 77: JAPDEVA establecerá un sistema de pagos salariales que ampare a todos aquellos trabajadores que por su edad, condición física y/o salud no pueden laborar y que por falta de cuotas, no han adquirido el derecho a ser pensionados por la Caja Costarricense de Seguro Social; se les eximirá de la obligación de trabajar hasta que completen el número de cuotas mínimas y entren en el disfrute pleno de su pensión.” O sea, que cualquier persona que se consiga una incapacidad “permanente” de cualquier corrupto doctorcito amigo, podrá disfrutar de un retiro virtual, sin tener que trabajar pero recibiendo el salario completo, hasta que haya completado el número de cuotas necesarias para optar por una pensión “de verdad”. Esto es un desfalco legalizado. Por dicha la Sala IV ordenó suspender la aplicación de este artículo “hasta nuevo aviso”.
4. Se permite el uso de vehículos de la institución para las actividades de los dirigentes sindicales. Y cuando el carro se jode, supongo que el arreglo lo pago yo de mis impuestos, y no el sindicato.
5. Los dirigentes sindicales reciben el pago de horas extras trabajadas por las cuadrillas a las que pertenecen o que representan, aún cuando el dirigente sindical no haya trabajado esas horas extra.
La convención colectiva de JAPDEVA cuesta 4,612 millones de colones anuales y beneficia a 1,100 empleados. En otras palabras, en promedio, cada empleado recibe beneficios provenientes de la convención colectiva por un monto de ¢ 3,784,000 (tres millones setecientos ochenta y cuatro mil colones) por año, ó ¢ 315,300 (trescientos quince mil trescientos colones) al mes. Diga usted que ese es el sobresueldo promedio.
Ese monto representa el 21.2% de los ingresos de JAPDEVA. Pero, como ya sabemos, el Ministerio de Hacienda tiende a fijar a las instituciones topes de gasto inferiores a sus ingresos, lo que quiere decir que la convención colectiva representa más que ese 21.2% con respecto a los gastos reales o al presupuesto de la institución. Como no tenemos la cifra exacta de esto último, baste con decir que, en el mejor de los casos, de cada 5 colones recaudados por JAPDEVA, un colón con seis céntimos (¢1.06) se destinan a pagar la convención colectiva.
Para poner las cosas en perspectiva, para el año 2005 JAPDEVA tiene proyectado gastar ¢1,825 millones en maquinaria, repuestos y obras en los muelles de Limón y Moín. Es decir, la inversión en infraestructura portuaria será de apenas el 39.6% del monto que se destinará a la convención colectiva. O, como lo explica La Nación, el costo de la convención colectiva es 153% superior que lo que se planea invertir en infraestructura.
Con razón tenemos los puertos más caros, lentos e ineficientes de Centroamérica. Sí, estimado lector, esto no es un error. No estamos comparando con los puertos de Los Angeles, Nueva York/Nueva Jersey o Singapur. Tenemos los puertos más caros, lentos e ineficientes de Centroamérica. Y ya sabemos por qué.
Todo eso tiene cara de enriquecimiento ilícito y sin causa, escudados por la trampa de la convención.
ResponderBorrarEste blog ha sido eliminado por un administrador de blog.
ResponderBorrarConvenciones inconvenientes para un país poco convencional (con dos océanos en cada cachete y la boca hambrienta de todo un pueblo que con tanta riqueza se podría alimentar).
ResponderBorrar